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WhatsApp obtiene respaldo judicial para impugnar multa de 225 millones de euros en Irlanda

Reuters10 de feb de 2026 12:05

Por Foo Yun Chee y Padraic Halpin

- WhatsApp, de Meta Platforms META.O, obtuvo el martes el respaldo del máximo tribunal europeo a su impugnación de una multa que se aumentó a 225 millones de euros (268 millones de dólares) por el organismo de control de la privacidad de la UE, un fallo que podría allanar el camino para que otras empresas tomen medidas similares.

La Comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC, por sus siglas en inglés) es el principal regulador de privacidad para la mayoría de los gigantes tecnológicos estadounidenses, debido a que sus sedes centrales en la UE se encuentran en Irlanda. La DPC multó a WhatsApp tras recibir quejas sobre su uso de datos personales en el país, y posteriormente aumentó la sanción impuesta tras la intervención del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) en 2021.

La DPC sólo ha recaudado 17,5 millones de euros de los más de 4.000 millones de euros con los que ha multado a las grandes empresas tecnológicas por incumplimientos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) desde 2020, debido a que todas sus investigaciones completadas, salvo dos, han sido objeto de largos recursos judiciales, muchos de ellos a intervenciones similares del CEPD.

Meta había perdido su recurso inicial contra la sanción más elevada después de que los jueces de un tribunal inferior dictaminaran que no tenía legitimación para demandar a la autoridad, ya que la decisión del CEPD estaba dirigida al organismo regulador irlandés y no a la empresa.

UNA ACCIÓN IMPUGNABLE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea discrepó el martes, afirmando que la acción de WhatsApp es admisible y pidiendo al tribunal inferior que examine el caso en cuanto al fondo.

"La decisión del CEPD es, en efecto, un acto susceptible de recurso ante los tribunales de la Unión Europea", dijo la institución con sede en Luxemburgo.

"Dicha decisión afectaba directamente a WhatsApp, ya que suponía un cambio significativo en la situación jurídica de dicha empresa, sin dejar ningún margen de discrecionalidad a sus destinatarios", dijeron los jueces.

Un portavoz de WhatsApp acogió con satisfacción la sentencia.

"(Esta) respalda nuestro argumento de que esas empresas y personas deben poder impugnar las decisiones que el CEPD tome en su contra, de modo que pueda rendir cuentas ante los tribunales de la UE".

La claridad de los tribunales sobre cómo se calculó la sanción de WhatsApp en 2021 permitiría que avanzaran otras apelaciones.

El caso es C-97/23P WhatsApp Ireland contra CEPD.

(1 dólar = 0,8403 euros)

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