El operador de Crypto.com, Foris Dax, obtiene la desestimación de una demanda por privacidad de cookies, mientras los demandantes tienen 30 días para volver a presentarla
Un juez federal en California desestimó la acción colectiva por seguimiento de cookies contra el operador de Crypto.com tras determinar que los dos demandantes carecían de legitimación para demandar.
El juez Edward M. Chen planteó el tema y dio a los dos demandantes 30 días para volver a presentar la demanda.
El juez invocó el deber independiente del tribunal de verificar la jurisdicción
El 6 de octubre, Chen firmó la orden en el caso Ortiz c. Foris Dax, Inc. La moción de la empresa se centraba en la demanda por no expresar un reclamo válido, pero no hizo ninguna mención sobre la legitimación.
Sin embargo, el juez planteó la cuestión de la legitimación activa, alegando que un tribunal federal tiene un "deber independiente" de vigilar su propia jurisdicción. El tribunal no puede conocer del caso si no existe un daño concreto.

Jose Ortiz y Javier Hernandez, ambos de California, presentaron una demanda en octubre de 2025 por el banner de cookies de Crypto.com. Los visitantes pueden seleccionar "Aceptar todo", "Deshabilitar todo" o "Personalizar configuración" en el banner.
Afirmaron que eligieron "Deshabilitar todo", pero el sitio aún colocó cookies. Se alega que los datos fueron enviados a Meta, Google, X y Snap.
La demanda alegaba fraude, enriquecimiento injusto, invasión de la privacidad, intromisión en la vida privada y violaciones de la Ley de Invasión de la Privacidad de California. Los demandantes afirmaban que sus intereses financieros e investigaciones de inversión estaban siendo rastreados.
Las direcciones IP y los identificadores del navegador no causaron un daño concreto
Chen se basó en el caso Popa v. Microsoft. En ese fallo, el Noveno Circuito determinó que una herramienta que detectaba las «preferencias de tienda de mascotas» y el «nombre de la calle» de una compradora era más similar a «un dependiente observando a los clientes» que a una violación de la privacidad.
De acuerdo con las sentencias Spokeo y TransUnion de la Corte Suprema, simplemente infringir una ley es insuficiente. El demandante aún debe demostrar el tipo de daño que los tribunales han reconocido durante mucho tiempo.
Según el orden judicial, los únicos identificadores enviados desde Crypto.com fueron direcciones IP, cadenas del agente de usuario e identificadores de cookies o del navegador. Ninguno de los hombres afirmó haber creado una cuenta, iniciado sesión o introducido un nombre, dirección de correo electrónico o información de pago en el sitio web.
Chen señaló que habían estado monitoreando los precios de las criptomonedas y los datos del mercado, pero nada de ello revelaba algo sobre sus finanzas personales. Las capturas de pantalla adjuntas al escrito de demanda apenas mostraban más allá de las URL y títulos de las páginas, marcas de tiempo e información sobre la pantalla y el navegador.
Según el orden judicial, el engaño puede impulsar una reclamación por privacidad hacia una intrusión «altamente ofensiva», lo cual se conoce como un factor agravante. Sin embargo, una promesa de exclusión incumplida no alcanza ese nivel por sí sola cuando los datos son tan banales.
Chen utilizó otra sentencia reciente para reforzar su argumento. «La clave está en la sensibilidad de la información recopilada».
El juez no pudo concluir que una nueva demanda sería inútil, por lo que el caso fue desestimado con permiso para enmendar. El plazo de 30 días finaliza el 5 de noviembre.
El 21 de mayo, Chen aceptó parcialmente una moción de desestimación presentada anteriormente. Los demandantes enmendaron su demanda el 22 de junio y Foris Dax presentó una nueva moción de desestimación en julio.
Foris Dax es una empresa de Delaware con sede en Tyler, Texas. Citadel Securities invirtió $400 millones en Crypto.com en julio, valuándola en $20 mil millones, y el banco central de los Emiratos Árabes Unidos otorgó una licencia de pagos a una unidad de Foris DAX.
No te limites a leer noticias sobre criptomonedas. Entiéndelas. Suscríbete a nuestro boletín. Es gratis.
Artículos Recomendados










Comentarios (0)
Haga clic en el botón $, introduzca el símbolo y seleccione si desea vincular una acción, un ETF o otro valor.